Tribunal administrativo confirma negativa de tutela para cambio de IPS y orden de tratamiento integral
Proviene de: Sentencias
3 de julio de 2025 17:59:39
El Tribunal Administrativo de Caldas, en Sala Cuarta de Decisión, resolvió la impugnación presentada contra la negativa de tutela interpuesta por una afiliada a la Nueva EPS en intervención. La accionante solicitó la protección de sus derechos fundamentales a la salud, vida digna, integridad personal, dignidad humana y seguridad social, demandando que se le garantizara el tratamiento integral para sus diversas patologías y que se le permitiera continuar su atención en una IPS y con un médico reumatólogo específicos que no pertenecen a la red prestadora de la EPS.
Contexto y antecedentes del caso
La accionante fue diagnosticada con múltiples patologías, incluyendo síndrome de Sjögren, poliartralgia, fibromialgia, osteoartrosis primaria, hipertensión arterial, síndrome de apnea-hipopnea obstructiva del sueño, deficiencia de vitamina D3, trastorno depresivo y bloqueo completo de rama izquierda. Inicialmente, fue atendida en el Hospital Universitario de Caldas por un reumatólogo que realizó los estudios y diagnósticos correspondientes. Posteriormente, la EPS la remitió a otra IPS con un médico especialista diferente, quien le dio de alta en reumatología, lo que motivó la solicitud de tutela para cambiar de IPS y médico tratante.Fundamentos jurídicos y análisis
El Tribunal recordó que el derecho fundamental a la salud está garantizado por la Constitución Política y la Ley Estatutaria 1751 de 2015, que establece la integralidad y la calidad en la prestación del servicio de salud. Sin embargo, también señaló que la libertad de escogencia de IPS por parte del usuario no es absoluta y debe limitarse a la red prestadora contratada por la EPS, salvo excepciones como urgencias, autorización expresa o incapacidad técnica de la EPS...Más noticias sobre Salud
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