Tribunal administrativo de Caldas confirma negativa en acción popular sobre mantenimiento vial en Manizales
Proviene de: Sentencias
3 de julio de 2025 17:59:30
Antecedentes y pretensiones de la acción popular
El demandante buscaba la protección de derechos colectivos relacionados con un ambiente sano, la prevención de desastres previsibles y la realización de obras públicas eficientes, debido al estado de la vía que conecta la avenida Cumanday con la vía al Magdalena en la comuna Tesorito de Manizales. Se solicitó la construcción de la segunda calzada y la instalación de un separador vial, ya que la obra se encuentra inconclusa y presenta daños importantes, en especial en el tramo destinado a la segunda calzada.Posiciones de las entidades demandadas
El municipio de Manizales reconoció que la vía es de su competencia, pero indicó que la intervención quedaría a cargo del Instituto de Valorización Local (INVAMA), que planea ejecutar el proyecto mediante contribuciones de valorización. Por su parte, el departamento de Caldas negó responsabilidad al argumentar que la vía no es de su competencia. El municipio de Villamaría también se desligó de responsabilidad, señalando que el tramo en cuestión pertenece a Manizales. INVAMA manifestó que está adelantando trámites para la ejecución del proyecto, aunque ha enfrentado oposición de los propietarios involucrados. El Instituto Nacional de Vías (INVIAS) sostuvo que la vía no está bajo su jurisdicción y que se encuentra en condiciones adecuadas para el tránsito.Análisis y decisión judicial
La sala recordó que la acción popular protege derechos colectivos cuando hay una amenaza o vulneración causada por acción u omisión de autoridades públicas. Se destacó que el derecho a un ambiente sano y la prevención de desastres son esenciales, así como la protección del espacio público y las vías...Más noticias sobre Infraestructura
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