Tribunal Administrativo de Caldas sanciona a funcionarios de Nueva EPS por desacato a tutela
Proviene de: Sentencias
3 de julio de 2025 19:38:6
Antecedentes y orden judicial
El Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Manizales había ordenado en octubre de 2024 tutelar el derecho fundamental a la salud de una paciente, y exigir a Nueva EPS la autorización y agendamiento en 15 días de un paquete de atención médica oftalmológica y una consulta por primera vez con un especialista en urología. Ante el incumplimiento, la paciente solicitó en marzo de 2025 iniciar el incidente de desacato.Requerimientos y sanciones iniciales
El juzgado requirió a la gerente zonal Caldas, a la gerente regional Eje Cafetero y al representante legal para asuntos judiciales y de tutela de Nueva EPS para que acreditaran el cumplimiento del fallo o informaran las causas del incumplimiento. Al no recibir respuesta suficiente, el juzgado sancionó a estos funcionarios con una multa equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente, a cada uno, por desacato.Consideraciones del tribunal
La Sala Segunda de Decisión revisó el caso y confirmó que el representante legal para asuntos judiciales y de tutela es el encargado principal de dar cumplimiento a la orden judicial. Se evidenció que, a la fecha del incidente, la entidad no había programado las citas médicas ordenadas, sin que se hubiera presentado un impedimento fáctico o un estado de cosas inconstitucional que justificara el incumplimiento. Se destacó que las órdenes judiciales no demandaban gastos extraordinarios ni complejidad inusual para su cumplimiento, por lo que la falta de diligencia fue atribuida principalmente a la responsabilidad subjetiva del representante legal. Por su parte, se revocaron parcialmente las sanciones impuestas a las gerentes zonal y regional, al no considerarlas directamente responsables...Más noticias sobre Salud
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