Acuerdo de la Agencia Nacional de Tierras fija rangos de Unidades Agrícolas Familiares en municipios de varios departamentos colombianos
Proviene de: Proyectos de Acuerdo
4 de julio de 2025 14:57:55
Contexto y naturaleza del acuerdo
El Acuerdo No. de 2025, expedido por el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), tiene como objeto señalar los rangos correspondientes a las extensiones máximas y mínimas de las Unidades Agrícolas Familiares por Unidades Físicas Homogéneas a escala municipal en diversos municipios ubicados en los departamentos de Cesar, La Guajira, Magdalena, Bolívar, Atlántico, Córdoba y Caldas. Este acto administrativo se inscribe en el marco de las facultades legales conferidas a la ANT, en especial las derivadas de la Ley 160 de 1994 y el Decreto Ley 2363 de 2015, que regulan la política de ordenamiento social de la propiedad rural y la reforma rural integral.
El acuerdo fue expedido en 2025 y se fundamenta en el mandato constitucional de proteger los recursos naturales, garantizar el desarrollo sostenible, y promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra para campesinos y trabajadores agrarios, sujetos de especial protección, conforme a lo dispuesto en los artículos 8º, 64 y 80 de la Constitución Política de Colombia.
Objeto y ámbito de aplicación
El instrumento normativo establece las extensiones máximas y mínimas de las Unidades Agrícolas Familiares (UAF) por Unidades Físicas Homogéneas (UFH) para cada municipio listado, siguiendo una metodología técnica aprobada previamente por el Consejo Directivo de la ANT en el Acuerdo 167 de 2021. Esta metodología contempla la composición de la UAF como un Área Mínima Rentable (AMR) acompañada de áreas complementarias, calculadas para adecuar las unidades familiares a las condiciones productivas y territoriales específicas de cada municipio.
El ámbito de aplicación comprende los procedimientos ejecutados por la Agencia Nacional de Tierras para llevar a cabo la política de ordenamiento social de la propiedad rural formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Esta política está dirigida a los sujetos de ordenamiento social de la propiedad rural y debe cumplir con las disposiciones legales vigentes, incluyendo la Ley 160 de 1994, el Decreto Ley 902 de 2017, y demás normas complementarias o modificatorias.
Principales contenidos y disposiciones
El acuerdo detalla, municipio por municipio, las extensiones mínimas y máximas de las Unidades Agrícolas Familiares correspondientes a cada Unidad Física Homogénea, tomando en cuenta las valoraciones productivas del terreno (desde muy buena hasta improductiva) y otros factores técnicos que inciden en la aptitud agrícola. Se incluyen tablas específicas para cada localidad que permiten identificar los rangos de superficie aplicables a las UAF, garantizando que sean coherentes con las condiciones económicas y productivas locales.
Adicionalmente, el acuerdo contempla áreas para las cuales no es pertinente aplicar la metodología de cálculo de UAF por UFH debido a inviabilidad productiva, restricciones legales o condiciones de inviabilidad económica. Para estas áreas, la ANT definirá la posibilidad de adjudicación bajo regímenes de excepción previstos en la normativa vigente.
Se establecen exclusiones normativas expresas para zonas con condicionantes legales como áreas de conservación ambiental, patrimonio arqueológico, zonas urbanas, infraestructura, territorios indígenas y colectivos afrodescendientes, donde la metodología no se aplicará. En caso de que se titulen nuevas áreas étnicas dentro del ámbito del acuerdo, la ANT procederá a excluirlas conforme a sus procedimientos internos.
Impacto y relevancia para la comunidad y entidades
Este acuerdo representa un avance significativo en la implementación de la reforma rural integral y la política de ordenamiento social de la propiedad rural. Al definir con precisión las dimensiones de las Unidades Agrícolas Familiares adaptadas a las condiciones territoriales y productivas de cada municipio, se facilita el acceso progresivo a la tierra para campesinos y trabajadores agrarios, fortaleciendo la soberanía alimentaria y contribuyendo a la equidad en la distribución de la propiedad rural.
Para la comunidad local, la regulación clara de las extensiones máximas y mínimas de las UAF puede mejorar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra, promover la productividad agrícola sostenible y apoyar el desarrollo rural con enfoque en el bienestar de las familias campesinas. Para las entidades involucradas, principalmente la Agencia Nacional de Tierras y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, esta herramienta técnica y jurídica es clave para orientar las adjudicaciones y regularizaciones prediales de manera planificada, participativa y ajustada a criterios técnicos.
Mecanismos de seguimiento y recomendaciones
El acuerdo prevé la publicación abierta en la página web de la ANT de los resultados y documentación técnica que sustentan la determinación de las UAF por UFH, garantizando transparencia y acceso a la información para la ciudadanía y grupos de interés. Asimismo, enfatiza la necesidad de que los entes territoriales adopten las recomendaciones y conclusiones de los documentos técnicos asociados a cada municipio, en consonancia con los principios constitucionales de coordinación, concurrencia y subsidiariedad.
Se reconoce además que la metodología será objeto de revisión constante para incorporar mejoras y asegurar su adecuación a las realidades territoriales y productivas.
Conclusión
El Acuerdo No. de 2025 de la Agencia Nacional de Tierras establece un marco técnico-jurídico fundamental para la definición de las Unidades Agrícolas Familiares en múltiples municipios del país, alineado con la política pública de ordenamiento social de la propiedad rural y los objetivos de la reforma rural integral. Su implementación contribuye a garantizar un acceso más equitativo y sostenible a la tierra para campesinos y trabajadores agrarios, con efectos positivos en el desarrollo rural y la consolidación de la paz. La claridad en las disposiciones y la apertura a la participación ciudadana fortalecen su legitimidad y potencial impacto en las regiones beneficiadas, consolidando así un avance decisivo en la gestión territorial y el bienestar rural del país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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