La Corte Constitucional declara inexequible parte del artículo 8 de la Ley 418 de 1997 sobre acuerdos humanitarios en procesos de paz
La Corte Constitucional declara inexequible parte del artículo 8 de la Ley 418 de 1997 sobre acuerdos humanitarios en procesos de paz
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:20:22
Alcance de la disposición demandada
La norma cuestionada establecía que las disposiciones de carácter humanitario contenidas en los acuerdos de paz, incluidos los parciales, así como los protocolos suscritos por las partes en la mesa de diálogos con el propósito de proteger a la población civil y a quienes no participan directamente en las hostilidades, hacen parte del DIH conforme a lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la Constitución Política, y por lo tanto, serían vinculantes para las partes.
El legislador pretendía con esta disposición integrar ciertos contenidos de los acu ...