Consejo de Estado define competencia para reconocimiento y pago de bono pensional en sector salud de Cundinamarca
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:21:57
Contexto y antecedentes del caso
El conflicto surge a raíz de la solicitud presentada por una administradora de fondos de pensiones para el reconocimiento y pago de un bono pensional correspondiente al tiempo laborado en el Hospital San Antonio de Sesquilé, entre marzo y julio de 1994. La entidad territorial y el hospital negaron la competencia para resolver la solicitud, generando un conflicto entre el departamento de Cundinamarca, la entidad hospitalaria y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El Consejo de Estado, en cumplimiento de sus funciones, abrió un proceso para definir cuál de estas autoridades es competente para resolver de fondo la petición. Durante el trámite, se recibieron informes y consideraciones de las partes involucradas y otras entidades relacionadas.Marco normativo del sistema nacional de salud y pasivo prestacional
La Sala recordó la evolución normativa del Sistema Nacional de Salud, desde su creación en 1968 y los procesos de descentralización y reorganización posteriores, que establecen la organización en niveles nacional, seccional y local, y la adscripción o vinculación de entidades prestadoras de servicios de salud. En materia del pasivo prestacional, se destacó la creación del Fondo Nacional para el Pago del Pasivo Prestacional del Sector Salud por la Ley 60 de 1993, luego su supresión y reasignación de responsabilidades al Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante la Ley 715 de 2001. También se resaltó la obligación de las entidades territoriales y hospitales públicos de continuar presupuestando y pagando las obligaciones pensionales hasta la realización del corte de cuentas correspondiente. El decreto 586 de 2017 reglamentó los procedimientos para el cálculo y pago del...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias