Aclaración de voto en sentencia sobre acción de tutela por incumplimiento del requisito de inmediatez
Proviene de: Sentencias
4 de julio de 2025 22:42:43
Contexto y decisión adoptada
La sección tercera del Consejo de Estado, en reciente aclaración de voto, ratificó la decisión de declarar improcedente una acción de tutela presentada ante el Tribunal Administrativo de Antioquia, debido al incumplimiento del requisito de inmediatez. En este caso, el plazo transcurrido fue de seis meses y veinticinco días, lo que según la jurisprudencia constitucional puede ser considerado razonable o no, dependiendo de las circunstancias concretas.
Consideraciones sobre el requisito de inmediatez
Se explicó que el requisito de inmediatez en la acción de tutela no debe ser equiparado completamente con la caducidad propia de las acciones ordinarias. La Corte Constitucional ha establecido en diversas sentencias que el plazo razonable puede variar entre seis meses y hasta dos años, según el contexto del caso. Por ello, era necesario analizar más detenidamente el tiempo transcurrido en el caso específico para determinar la procedencia del amparo.
Relevancia constitucional y ámbito del amparo
Además, se indicó que la acción de tutela podría haber sido declarada improcedente por no cumplir con el requisito de relevancia constitucional. Esto se debe a que la parte actora buscaba reabrir un debate estrictamente legal y probatorio sobre la existencia de una relación laboral continua y subordinada. Dicho aspecto ya fue analizado en un proceso ordinario anterior, en el cual se confirmó la ausencia de elementos probatorios suficientes para acreditar dicha relación.
Esta aclaración fortalece la comprensión sobre los límites y requisitos para la procedencia de la acción de tutela, especialmente en casos que involucran análisis de hechos ya resueltos en instancias ordinarias. De esta manera, se reafirma la función de la...
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