Consejo de Estado ordena remisión de acción de tutela contra juzgado de ejecución de penas en Caldas
Proviene de: Sentencias
4 de julio de 2025 22:41:48
Contexto y objeto de la tutela
El Consejo de Estado conoció una acción de tutela presentada contra el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de La Dorada, Caldas, por presunta vulneración de derechos fundamentales, entre ellos el debido proceso, acceso a la administración de justicia, rehabilitación, resocialización, reinserción social y dignidad humana. La acción se fundamentó en decisiones judiciales relacionadas con procesos penales en dicha jurisdicción.Normativa aplicable y regla de reparto
La decisión se sustenta en el Decreto 333 de 2021, que modifica el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, referente a las reglas de reparto de la acción de tutela. Este establece que las acciones de tutela dirigidas contra jueces o tribunales deben ser conocidas, en primera instancia, por el superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada. En este caso, el juzgado de ejecución de penas y medidas de seguridad tiene la misma categoría que un juzgado de circuito, según el Acuerdo Nº 14 de 1993 del Consejo Superior de la Judicatura. Por tanto, la autoridad competente para conocer la tutela en primera instancia es el tribunal superior funcional correspondiente.Decisión del Consejo de Estado
El Consejo de Estado ordenó la remisión del expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, en atención a la regla de competencia y reparto señalada. De esta manera, se asegura que la tutela sea tramitada por la autoridad judicial competente, respetando el debido proceso y la estructura normativa vigente. Esta providencia reafirma la importancia de aplicar correctamente las reglas de reparto para garantizar la correcta administración de justicia en casos que involucren acciones...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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