Consejo de Estado rechaza solicitud de extensión de jurisprudencia sobre bonificación judicial
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 0:43:7
Antecedentes y competencia
La solicitud de extensión de jurisprudencia fue presentada ante la Fiscalía General de la Nación, requiriendo el reconocimiento de la bonificación judicial como factor de liquidación de prestaciones sociales. Tras cambios en la integración de la Sala Segunda del Consejo de Estado, el despacho actual avocó conocimiento para tramitar la petición, conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Mecanismo de extensión de jurisprudencia y requisitos
El mecanismo, regulado por los artículos 102 y 269 del CPACA, busca garantizar la aplicación uniforme del derecho mediante la extensión de sentencias de unificación a quienes acrediten supuestos fácticos y jurídicos equivalentes. Este procedimiento contribuye a la seguridad jurídica y eficiencia procesal, evitando la duplicación de procesos judiciales. La Ley 2080 de 2021 actualizó el trámite, estableciendo etapas claras que incluyen presentación razonada, análisis de admisibilidad, traslado a la entidad convocada, alegaciones y decisión de fondo.
Análisis del caso y decisión
El análisis del despacho evidenció que la sentencia cuya extensión se solicitó fue adoptada por una «Sala Plena de Conjueces» conformada irregularmente, superando el número máximo legal de integrantes y sin realizar el sorteo correspondiente para asignar competencia. Esta falta de competencia funcional invalida la sentencia como acto de unificación jurisprudencial válido.
Además, no se encontró identidad fáctica ni jurídica entre el caso planteado y la sentencia invocada, dado que la sentencia trató sobre la prima especial de servicios prevista en la Ley 4 de 1992, mientras que la solicitud se refería a la bonificación judicial del Decreto 382 de 2013, conceptos con alcances y naturalezas distintas.
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