No se avoca conocimiento en caso sobre prima especial de servicios en el Consejo de Estado
No se avoca conocimiento en caso sobre prima especial de servicios en el Consejo de Estado
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 0:43:10
Contexto y fundamento jurídico
El Consejo de Estado, en su sala de lo contencioso administrativo, sección segunda, subsección B, revisó un expediente relacionado con la prima especial de servicios prevista en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992. El caso fue remitido considerando cambios en la integración de la sala encargada del asunto.
De acuerdo con el artículo 116 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), los conjueces que conozcan un caso deben actuar hasta la conclusión del proceso, aunque termine su período de nombramiento. Sin emba ...