Consejo de Estado admite recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia en caso de responsabilidad patrimonial del Estado
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:17:16
El Consejo de Estado, mediante providencia fechada el 24 de junio de 2025, admitió el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra del fallo de segunda instancia proferido por el tribunal administrativo de Santander. El recurso está vinculado a un proceso de reparación directa por responsabilidad patrimonial extracontractual del Estado.
Inicialmente, el recurso fue inadmitido debido a que la parte recurrente no desarrolló razones de impugnación respecto a todas las providencias indicadas. Sin embargo, tras la presentación de un escrito de subsanación y verificarse el cumplimiento de los requisitos formales, la sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo, competente para conocer del asunto, admitió el recurso.
Este procedimiento se enmarca en lo dispuesto por el artículo 259 de la Ley 1437 de 2011, que otorga competencia al Consejo de Estado para conocer de los recursos extraordinarios de unificación de jurisprudencia. En este caso particular, la sección tercera es la indicada por el Acuerdo 080 de 2019 para conocer litigios relacionados con responsabilidad patrimonial extracontractual del Estado.
El recurso pretende unificar criterios jurisprudenciales en relación con dos sentencias previas emitidas por la sala plena de la misma sección, fechadas en 2013 y 2014 respectivamente. No se tendrá en cuenta para el análisis de fondo otra sentencia de 2018, ya que no cumple con los requisitos para ser considerada de unificación según el artículo 270 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
La providencia ordena notificar personalmente a las entidades demandadas, incluyendo al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios, el patrimonio autónomo...
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