Consejo de Estado inadmite demanda contra decreto sobre retención en la fuente por vicio de procedimiento
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:18:6
El Consejo de Estado, a través de la sección cuarta de la sala de lo contencioso administrativo, resolvió inadmitir la demanda interpuesta contra el Decreto 0572 de 28 de mayo de 2025, que sustituye y adiciona varios artículos del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en materia tributaria, relacionados con las tarifas de autorretención y las bases mínimas para practicar retención en la fuente.
Procedencia del medio de control
La demanda fue presentada bajo el medio de control de nulidad por inconstitucionalidad. Sin embargo, el Consejo de Estado señaló que este mecanismo solo procede cuando la disposición demandada sea un decreto de carácter general dictado por el Gobierno Nacional en ejercicio de una expresa atribución constitucional y que sea un reglamento constitucional autónomo, es decir, que aplique o desarrolle directamente la Constitución sin subordinación a una ley específica. En este caso, el decreto impugnado no cumple con estos requisitos, pues no fue dictado en ejercicio de una atribución constitucional sin ley previa ni es un reglamento constitucional autónomo. Por ello, se indicó que el medio adecuado para cuestionar la legalidad del decreto es la nulidad simple, conforme al artículo 137 de la Ley 1437 de 2011.Fundamentos de la demanda
La demanda argumentaba que el decreto violaba los artículos 150 numeral 12, 189 numeral 11 y 338 de la Constitución Política, al modificar elementos esenciales del tributo como el hecho generador, la base gravable y los sujetos pasivos, sin la intervención del Congreso. Se señalaba que estas modificaciones constituían una usurpación de funciones legislativas, afectaban el principio de progresividad y generaban una carga regresiva sobre...Más noticias sobre Derecho Tributario
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