Consejo de Estado confirma negativa de reparación por hurto de ganado en Caquetá
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:24:9
Antecedentes y contexto
El Fondo Ganadero del Caquetá interpuso una demanda de reparación directa contra varias entidades del Estado, entre ellas el Ministerio de Defensa Nacional, el Ejército Nacional, la Policía Nacional, el Ministerio del Interior y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, así como contra el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). La demanda buscaba que se declarara la responsabilidad administrativa y solidaria de estas entidades por el hurto de 3.036 cabezas de ganado en municipios del departamento del Caquetá, ocurrido entre octubre de 2003 y la fecha de presentación de la demanda.
El hurto se habría cometido tras la terminación de la zona de distensión establecida en el marco de un proceso de paz con las FARC, período durante el cual este grupo armado ilegal ejerció control en la región.
Posición de las autoridades demandadas
Las entidades demandadas negaron responsabilidad, argumentando, entre otros puntos, que:
- Los verdaderos propietarios del ganado eran los campesinos depositarios, no el Fondo demandante.
- No se demostró la falla del servicio ni la omisión de protección, ya que el Estado no puede garantizar la seguridad absoluta en todo el territorio.
- Los hurtos fueron realizados por un tercero, en este caso las FARC, por lo que no puede imputarse responsabilidad a las autoridades.
- Algunos municipios donde ocurrieron los hurtos no formaban parte de la zona de distensión.
- La demanda fue presentada fuera de término en cuanto a algunos hechos.
Análisis y decisión de la Sala
La Sala examinó las pruebas y concluyó que:
- Solo se comprobó el hurto efectivo de 325 cabezas de ganado, debido a que los documentos aportados por el demandante carecían de eficacia probatoria o no acreditaban la autoría de las FARC en todos los casos.
- La propiedad del ganado correspondía al Fondo Ganadero, respaldada por contratos de "ganado en participación" y certificaciones municipales.
- Las autoridades, en particular la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación, recuperaron un número mayor de reses que las hurtadas y entregaron algunas a la entidad demandante.
- El demandante no aportó pruebas suficientes para demostrar el daño neto sufrido, pues guardó silencio respecto a las recuperaciones realizadas.
Por estas razones, la Sala confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo del Caquetá que negó las pretensiones de la demanda, al no existir certeza del daño y responsabilidad estatal.
Conclusión
La decisión reafirma que para la procedencia de la reparación directa por responsabilidad extracontractual es indispensable acreditar de manera clara el daño sufrido y la falla del servicio. En este caso, pese a que hubo hurtos de ganado cometidos por las FARC, no se demostró que las autoridades hayan incurrido en omisión o negligencia que justifique la condena por responsabilidad estatal.
Además, la Sala abstuvo de imponer costas a las partes, al no evidenciar actuación temeraria por parte del demandante.
Esta sentencia aporta claridad sobre los límites de la responsabilidad del Estado frente a hechos cometidos por terceros en contextos de orden público complejos, estableciendo un precedente importante para casos similares en el futuro.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Consejo de Estado confirma negativa de reparación por hurto de ganado en Caquetá