Consejo de Estado confirma nulidad parcial en liquidación del impuesto predial unificado del municipio de Tierralta
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:26:41
Antecedentes del caso
El Municipio de Tierralta emitió en 2016 la liquidación oficial No. 532 y la resolución No. 003, mediante las cuales se determinaron obligaciones tributarias por impuesto predial unificado correspondientes a los años 2009 a 2016. La liquidación contenía ciertas inconsistencias administrativas y se hizo referencia en la parte resolutiva a un predio denominado "Hacienda El Danubio", correspondiendo a la misma propiedad. Un recurso de reconsideración fue interpuesto y resuelto, manteniendo la liquidación. En respuesta, la propietaria del predio acudió a la jurisdicción contencioso administrativa solicitando la nulidad de dichos actos y la declaratoria de prescripción para algunas vigencias fiscales, alegando incumplimientos en el procedimiento, falta de motivación adecuada, violación al debido proceso y ausencia de pruebas suficientes sobre el avalúo catastral que fundamentara el impuesto.Decisión de primera instancia y recurso de apelación
El Tribunal Administrativo de Córdoba declaró la nulidad parcial de los actos para los años 2009 a 2014 y 2016, y reconoció la prescripción del impuesto para 2009 a 2011. En su análisis, señaló que hubo violación de la prohibición de doble imposición, pues existían dos liquidaciones sobre los mismos periodos. Sin embargo, negó las demás pretensiones y no impuso condena en costas. La parte demandante interpuso recurso de apelación cuestionando la claridad y motivación de la liquidación, la ausencia de un acto previo que permitiera ejercer el derecho de defensa, y la falta de certificación oficial del avalúo catastral en el expediente administrativo.Análisis y decisión del Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado examinó las alegaciones y evidencias. Destacó que, conforme a la...Más noticias sobre Derecho Tributario
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