Consejo de Estado revisa tutela sobre derecho al descanso y pago de vacaciones en la Rama Judicial
Proviene de: Sentencias
4 de julio de 2025 22:40:25
Antecedentes del caso
Un servidor judicial interpuso acción de tutela alegando la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al descanso y a la seguridad jurídica. La controversia surgió luego de que un juzgado administrativo se abstuviera de abrir un incidente de desacato solicitado para exigir el cumplimiento de una sentencia previa que reconocía un periodo de vacaciones. El servidor judicial reclamaba además la correcta liquidación y pago de sus vacaciones y primas correspondientes.
En el proceso inicial, se constató que existían inconsistencias en la certificación de los días de vacaciones pendientes de disfrute, debido a las diferencias en los regímenes de vacaciones de los distintos despachos donde el servidor había laborado. En sentencia anterior, el Tribunal Administrativo ordenó a las direcciones seccionales de administración judicial emitir una certificación clara y coherente sobre esos periodos, especialmente sobre días específicos trabajados en Semana Santa.
Tras la certificación y un primer trámite incidental que concluyó en noviembre de 2024, el juzgado determinó que se había cumplido la orden de tutela. Sin embargo, el servidor judicial presentó un nuevo incidente de desacato en marzo de 2025, argumentando que el pago recibido por concepto de vacaciones y prima era insuficiente. El juzgado decidió abstenerse de abrir dicho incidente, al considerar que la controversia sobre la liquidación salarial no formaba parte de la orden constitucional inicial.
Análisis de la Sala de lo Contencioso Administrativo
La Sala recordó que la acción de tutela contra providencias judiciales es procedente únicamente cuando se demuestra una afectación grave a derechos fundamentales y no como una instancia adicional para resolver controversias...
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