Consejo de Estado niega solicitud de pruebas en segunda instancia en controversia contractual con empresa de acueducto
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:15:37
Antecedentes del caso
El consorcio demandante interpuso una acción legal contra la empresa de acueducto y alcantarillado de Bogotá, buscando que se declare la responsabilidad patrimonial y extracontractual por incumplimiento de un contrato de obra. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda. Posteriormente, la parte demandada presentó un recurso de apelación junto con una solicitud para admitir pruebas en segunda instancia.
Fundamentos jurídicos para negar la solicitud
El despacho del Consejo de Estado explicó que el artículo 212 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece condiciones específicas para decretar pruebas en segunda instancia. Estas solo pueden admitirse cuando:
- Las partes acuerdan su práctica en común.
- Se trate de pruebas decretadas en primera instancia que no se practicaron sin culpa de quien las solicitó.
- Se refieran a hechos posteriores al término para pedir pruebas en primer grado.
- Sean documentos que no pudieron presentarse por fuerza mayor, caso fortuito o por acción de la parte contraria.
- Se pretenda desvirtuar documentos aportados.
Además, se requiere que las pruebas cumplan con los criterios de pertinencia, conducencia, utilidad y legalidad.
Análisis y decisión
Aunque la solicitud fue presentada oportunamente, el Consejo de Estado concluyó que no se configuraron las causales para admitir las pruebas solicitadas ni se precisó claramente su objeto o alcance. Esto impidió evaluar si las pruebas propuestas cumplían con los requisitos legales, por lo que se decidió negar la petición.
Consecuencias
Con esta decisión, el proceso continuará sin la incorporación de las pruebas solicitadas en segunda instancia, garantizando el...
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