Consejo de Estado acepta renuncia de apoderado en proceso contra el Ministerio de Defensa
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:30:1
Aceptación de renuncia y requisitos de poder
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, aceptó la renuncia presentada por el apoderado conferido por el Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional, conforme al inciso 4 del artículo 76 del Código General del Proceso (CGP). Esta decisión está relacionada con un proceso de reparación directa que se encuentra en trámite desde 2021.
Orden para proferir sentencias y prioridad en el despacho
En atención al artículo 18 de la Ley 446 de 1998, se recordó que las sentencias deben dictarse en estricto orden de ingreso al despacho, salvo excepciones previstas por la ley, como sentencias anticipadas o prelación legal. En este caso, el proceso ingresó para elaboración de proyecto de sentencia el 9 de julio de 2024, por lo que las decisiones se dictarán respetando la prioridad de los asuntos pendientes anteriores a esa fecha, teniendo en cuenta las condiciones de personal y carga laboral actuales.
No obstante, se indicó que la Sala puede modificar el orden de los turnos conforme al artículo 16 de la Ley 1285 de 2009, cuando existan razones de importancia o seguridad nacional, o en asuntos de interés social sin antecedentes jurisprudenciales, a fin de fijar prioridades en la elaboración de sentencias.
Reconocimiento de personería y actualización de datos
Por otra parte, se requirió que el apoderado que aportó poder especial para actuar en representación del Ministerio de Defensa acredite, en un plazo de cinco días hábiles, que la dirección de correo electrónico para notificaciones judiciales consignada en el poder coincide con la registrada en el Sistema de Información del Registro...
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