Consejo de Estado anula sanciones por devolución improcedente de IVA a Granjas Paraíso S.A.S.
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:26:53
Contexto y antecedentes del caso
Granjas Paraíso S.A.S. presentó declaraciones de IVA para los bimestres segundo, cuarto y quinto del año 2012, en las que reportó saldos a favor y solicitó su devolución. La DIAN accedió inicialmente a estas solicitudes, pero posteriormente profirió liquidaciones oficiales de revisión que disminuyeron los saldos a favor y, con base en estas, impuso sanciones por devolución improcedente. La empresa interpuso demandas de nulidad y restablecimiento del derecho contra las liquidaciones y las sanciones, alegando que las sanciones fueron impuestas sin que las liquidaciones oficiales de revisión hubieran adquirido firmeza, vulnerando así el debido proceso.Decisión judicial y fundamentos
La Sala recordó que, según el artículo 670 del Estatuto Tributario, las devoluciones o compensaciones efectuadas por la administración no constituyen un reconocimiento definitivo del derecho, pues pueden ser modificadas o rechazadas mediante liquidaciones oficiales. En consecuencia, la DIAN puede exigir el reintegro y sancionar la devolución improcedente con base en dichas liquidaciones. Sin embargo, aunque los procesos sancionatorios y de determinación son autónomos e independientes, existe un vínculo jurídico entre ellos, ya que la legalidad del acto de determinación afecta directamente la validez de la sanción impuesta. En el caso concreto, la liquidación oficial de revisión que rechazó el saldo a favor del cuarto bimestre del año 2012 fue declarada nula en un proceso judicial que dejó en firme la declaración privada de IVA presentada por la empresa. Esto eliminó el supuesto de hecho que fundamentaba la sanción por devolución improcedente. Por ello, la Sala modificó la sentencia de primera instancia para incluir la nulidad de las resoluciones sanción relacionadas con el...Más noticias sobre Derecho Tributario
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