Consejo de Estado confirma improcedencia de excepción de falta de liquidación previa en proceso ejecutivo contra Colpensiones
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 15:50:44
Contexto del proceso
El caso se originó por una demanda contra Colpensiones para obtener la reliquidación y pago de una pensión de jubilación, con base en resoluciones previas del Instituto de Seguros Sociales y de la entidad demandada. El Tribunal Administrativo del Atlántico concedió las pretensiones en 2019, ordenando la reliquidación conforme a la legislación vigente. Después de múltiples requerimientos y un fallo de tutela, Colpensiones cumplió parcialmente la sentencia. El Tribunal Administrativo libró mandamiento ejecutivo contra Colpensiones por la diferencia reclamada, notificando a la entidad para cumplir la obligación. En respuesta, Colpensiones propuso la excepción denominada «falta de liquidación previa», argumentando que la acción ejecutiva requería una liquidación concreta previa para tener mérito ejecutivo, conforme al artículo 193 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).Decisión del tribunal y recurso de apelación
El Tribunal Administrativo rechazó la excepción por improcedente, señalando que no correspondía plantearla mediante la vía escogida y ordenó seguir adelante con la ejecución. En consecuencia, Colpensiones interpuso recurso de apelación contra esta decisión.Consideraciones del Consejo de Estado
El Consejo de Estado destacó la competencia para conocer el recurso y la normativa aplicable en procesos ejecutivos derivados de condenas contra entidades públicas. En estos casos, el ejecutado puede interponer recurso de reposición para discutir requisitos formales del título ejecutivo o excepciones específicas listadas en el artículo 442 del Código General del Proceso. El Consejo explicó que la excepción propuesta por Colpensiones no correspondía a las previstas legalmente para esta etapa procesal. Por consiguiente, confirmó el auto que rechazó la excepción y ordenó continuar con la ejecución, frente a lo...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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