Consejo de Estado ordena devolver expediente al tribunal administrativo por trámite pendiente
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 15:50:52
El despacho de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado atendió un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico. Dicha sentencia había declarado probadas de oficio las excepciones de caducidad del medio de control e inepta demanda dentro del proceso correspondiente.
Durante el trámite, se detectó que la parte demandada presentó un memorial solicitando la revisión del fallo, argumentando que el tribunal había declarado probadas las excepciones sin tener en cuenta un memorial de alegatos de conclusión presentado dentro del término legal. Además, se mencionó la presentación de un recurso de reposición contra un auto que dispuso prescindir de las audiencias inicial y de alegaciones, para aplicar la figura de la sentencia anticipada según el artículo 182ª, numeral 1°, literal c) de la Ley 1437 de 2011.
El Consejo de Estado constató que dicho recurso de reposición no fue tramitado y que el tribunal concedió el recurso de apelación sin resolver previamente la solicitud de revisión planteada por la parte demandada. Esta omisión afecta el debido proceso, ya que la parte solicitante también indicó dificultades para acceder al expediente completo durante el proceso.
En consecuencia, el Consejo de Estado ordenó devolver el expediente al Tribunal Administrativo del Atlántico para que se surta el trámite correspondiente y se garantice el cumplimiento del debido proceso.
Importancia del fallo
Este fallo destaca la importancia de agotar todas las instancias procesales y respetar los términos para la presentación y trámite de recursos, asegurando así la transparencia y legalidad en los procesos administrativos. Además, refuerza la obligación de los tribunales de atender...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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