Consejo de Estado inadmite demanda contra decreto presidencial que convoca consulta popular
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 15:57:2
Antecedentes del caso
Un ciudadano interpuso demanda contra el Decreto 0639 de 2025, argumentando que este vulnera varios artículos de la Constitución Política y transgrede principios como la separación de poderes y el debido proceso legislativo. La demanda cuestiona que el decreto fue expedido sin tener en cuenta el concepto negativo emitido por el Senado, previo a la convocatoria de la consulta popular.Competencia del Consejo de Estado
El Consejo de Estado confirmó su competencia para conocer en única instancia de este proceso, en virtud del artículo 149 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y el Acuerdo 80 de 2019, modificado en 2024. Se destacó que el decreto es un acto administrativo de contenido electoral, relacionado con la organización de mecanismos de participación ciudadana, como la consulta popular.Revisión de requisitos formales de la demanda
El tribunal examinó los requisitos formales para admitir la demanda, según los artículos 162, 163, 164 y 166 del CPACA. Se encontró que la demanda no especifica claramente la designación de las partes y sus representantes, ni sustenta el concepto de violación de las normas constitucionales invocadas. Tampoco se presentan con precisión los cargos de ilegalidad imputados al decreto ni se indica la dirección del demandado para notificaciones.Decisión del tribunal
En consecuencia, el Consejo de Estado inadmitió la demanda, otorgando un plazo de diez días para que se subsanen las deficiencias señaladas. Se instó a que la demanda sea integrada en un solo texto con las correcciones correspondientes. Además, se rechazó una petición del demandado para declarar incompetente al Consejo de Estado y remitir el caso...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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