Consejo de Estado declara falta de competencia para conocer demanda contra la DIAN por traslado laboral
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 15:58:41
El caso se originó con la presentación de una demanda mediante el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra un acto administrativo expedido por la DIAN, que negó el traslado solicitado por un empleado desde San Andrés a la capital del país. La solicitud se fundamentó en razones médicas y de seguridad personal, además de situaciones de hostigamiento y vulneración de derechos fundamentales que enfrentó el trabajador.
Competencia del Consejo de Estado y cambios normativos
Tras analizar la competencia para conocer el proceso, el Consejo de Estado recordó que, históricamente, ha actuado como tribunal de única instancia en ciertos casos de nulidad y restablecimiento del derecho sin cuantía y en asuntos disciplinarios contra altos funcionarios. Sin embargo, la Ley 2080 de 2021 modificó el régimen, asignando a los tribunales administrativos la competencia para conocer en primera instancia los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho que carecen de cuantía, y reservando al Consejo de Estado funciones de cierre jurisdiccional.
Especialidad en procesos laborales y competencia
En particular, el Consejo enfatizó que los procesos de naturaleza laboral, como el analizado, cuentan con reglas específicas de competencia. Según el CPACA y las reformas vigentes, los juzgados y tribunales administrativos son los competentes para conocer de estos asuntos en primera instancia, dependiendo de la cuantía y fecha de radicación de la demanda.
Dado que la demanda fue presentada antes de la entrada en vigor de la Ley 2080, y considerando que el interés económico no supera los límites establecidos, el conocimiento del caso corresponde a los juzgados administrativos. Por ello, el Consejo de Estado declaró...
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