Logo Avance JurÍdico S.A.S

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades

Consejo de Estado niega solicitud de aclaración y adición en proceso de nulidad electoral en Magdalena

Proviene de: Sentencias

9 de julio de 2025 16:8:16

La Sala Primera del Consejo de Estado resolvió negar la solicitud de aclaración y adición presentada por la parte demandada en el proceso de nulidad electoral que declaró la nulidad del formulario mediante el cual fue elegido el gobernador del Departamento de Magdalena para el periodo constitucional 2024-2027.

Antecedentes del caso

El proceso se inició con una demanda de nulidad electoral contra el acto de elección del gobernador, admitida por la Sección Quinta del Consejo de Estado. Posteriormente, se decretó la acumulación de procesos relacionados y, en sentencia de mayo de 2025, se declaró la nulidad de dicho acto electoral. Tras la sentencia, la parte demandada presentó solicitudes de aclaración, adición y nulidad de la providencia, así como una recusación contra los magistrados de la Sección Quinta que conocieron el caso. La Sala Primera rechazó la recusación por improcedente, pues se presentó con posterioridad a los hechos que la justificaban, incumpliendo los términos procesales establecidos.

Fundamentos de la decisión

La solicitud de aclaración y adición fue presentada dentro del término legal, pero la Sala destacó que no se identificaron conceptos o frases concretas que generaran duda en la parte resolutiva del auto que negó la recusación, ni se señalaron puntos omitidos que debieran ser objeto de pronunciamiento complementario. Además, la Sala indicó que las figuras procesales de aclaración y adición no constituyen un mecanismo para reabrir el análisis de fondo ni para controvertir decisiones adversas, sino que tienen una aplicación restrictiva para aclarar dudas o complementar omisiones específicas. En este sentido, la petición de la parte demandada intentaba cuestionar el análisis sobre la oportunidad de la recusación,...

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias