Consejo de Estado confirma trámite adecuado en solicitudes de inscripción de miembros del Partido Esperanza Democrática
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 16:10:31
Antecedentes del caso
Un representante legal del Partido Esperanza Democrática interpuso acción de tutela contra el Consejo Nacional Electoral, alegando vulneración del derecho fundamental de petición y al debido proceso por la falta de respuesta a múltiples solicitudes relacionadas con la inscripción y retiro de miembros en los órganos directivos del partido. Las peticiones fueron radicadas entre octubre de 2024 y febrero de 2025. La acción buscaba que el CNE respondiera dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo.Postura del Consejo Nacional Electoral
El CNE cuestionó la legitimación del demandante para actuar en nombre del partido, dado que la representación legal fue modificada mediante resoluciones posteriores, en las que se inscribió una nueva presidenta y representante legal. Sin embargo, el CNE aseguró que las solicitudes fueron radicadas y asignadas a magistrados para su estudio, aunque el trámite dependía de la definición previa de quién ostentaba la representación legal del partido. Los procesos continuaron una vez se resolvió esta controversia.Decisión de primera instancia y apelación
El Tribunal Administrativo de Bolívar negó la tutela, considerando que el CNE actuó conforme a sus funciones legales y que la demora se justificaba por la necesidad de resolver la disputa sobre la representación legal del partido. El demandante impugnó la decisión, alegando que también se vulneró su derecho al debido proceso, cuestionando la legalidad de actos administrativos relacionados con la inscripción de la nueva presidenta y la validez de un acta interna del partido.Análisis y decisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo
La Sala observó que el fallo de primera instancia se centró en el...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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