Consejo de Estado niega decreto de prueba en proceso de nulidad electoral contra edil de Fontibón
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 16:15:18
Contexto del caso y solicitud de prueba
En el trámite de un recurso de apelación sobre nulidad electoral, la parte demandante presentó un cuadro supuestamente extraído de una certificación emitida por la subdirección de Gestión y Desarrollo de Talento Humano de la Secretaría Distrital de Integración Social. Sin embargo, dicha certificación no fue aportada oportunamente en el proceso de primera instancia ni solicitada formalmente para su decreto en segunda instancia.Requisitos legales para la admisión de pruebas en segunda instancia
El Consejo de Estado recordó que, conforme al artículo 212 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la práctica de pruebas en segunda instancia está limitada a circunstancias específicas, tales como: solicitud conjunta de las partes, pruebas negadas en primera instancia sin culpa de quien las pide, hechos posteriores a la primera instancia, fuerza mayor o caso fortuito, entre otros. En este caso, la certificación referida no cumple con ninguno de los supuestos permitidos para su incorporación en segunda instancia, ya que se refiere a hechos anteriores a la demanda y no se solicitó en la oportunidad procesal adecuada.Implicaciones para el proceso y próximos pasos
Por estas razones, el Consejo de Estado denegó el decreto de la prueba solicitada y ordenó continuar con el trámite procesal correspondiente. Esta decisión enfatiza la importancia de respetar las oportunidades y formalidades procesales para la presentación y admisión de pruebas, garantizando así la correcta administración de justicia en los procesos electorales. La providencia oficial puede consultarse en el portal del Consejo de Estado con el número de radicación correspondiente para quienes deseen revisar los detalles completos del...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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