Consejo de Estado revoca rechazo de demanda por caducidad en reclasificación arancelaria
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 16:20:29
Antecedentes y contexto del caso
Una sociedad comercial interpuso demanda contra dos resoluciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que reclasificaron la partida arancelaria del alcohol antiséptico importado. La demanda buscaba la nulidad y el restablecimiento del derecho. Sin embargo, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca rechazó la demanda porque consideró que se había presentado fuera del término legal de cuatro meses establecido para este tipo de acciones, aplicándose el fenómeno jurídico de la caducidad. El tribunal calculó que el término para presentar la demanda vencía el 10 de octubre de 2022, dado que la resolución impugnada fue notificada el 7 de junio del mismo año. La solicitud de conciliación extrajudicial, requisito previo para la demanda, fue inicialmente certificada como radicada el 11 de octubre de 2022, lo que implicaba que la suspensión del término de caducidad no era procedente.Recurso de apelación y corrección de fecha
En el recurso de apelación, la sociedad demandante argumentó que la fecha correcta de radicación de la solicitud de conciliación ante la Procuraduría era el 3 de octubre de 2022, y no el 11 de octubre como había certificado el tribunal. Para acreditar esto, solicitó una corrección formal a la Procuraduría Judicial para Asuntos Administrativos, que finalmente confirmó la presentación de la solicitud el 3 de octubre de 2022. Con esta corrección, la suspensión del término de caducidad operó oportunamente, permitiendo que la demanda fuera presentada dentro del plazo legal.Consideraciones jurídicas y decisión del Consejo de Estado
El Consejo de Estado recordó que, conforme al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA),...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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