Modificación del decreto único reglamentario del sector TIC para nuevas causales de archivo del Registro Único
Proviene de: Proyectos de decreto
11 de julio de 2025 10:4:11
El decreto modifica el artículo 2.2.1.3.3 del Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para ampliar y adicionar causales de archivo del Registro Único de TIC. Entre los principales cambios se incluye la ampliación del numeral 2, que ahora considera como causal de archivo no solo la muerte de la persona natural o la liquidación de la persona jurídica, sino también la disolución y el proceso de liquidación de la persona jurídica.
Además, se adicionan nuevas causales entre los numerales 10 y 15, destacándose:
- No presentar autoliquidaciones ni realizar el pago de contraprestaciones periódicas durante el año siguiente a la inscripción en el registro.
- No presentar los reportes de información en los sistemas dispuestos por el Ministerio o la Comisión de Regulación de Comunicaciones, cuando se está obligado a ello, durante el año siguiente a la incorporación en el RUTIC.
- Renuncia voluntaria del concesionario del Servicio Público de Radiodifusión Sonora a la licencia de concesión otorgada.
- Liquidación del contrato de concesión del servicio público de Radiodifusión Sonora comercial.
- Incumplimiento de los requisitos para la prórroga de la concesión en el servicio público de Radiodifusión Sonora.
Estas modificaciones responden a la necesidad de mantener un registro actualizado y confiable, permitiendo al Ministerio cumplir de manera más eficiente sus funciones de inspección, vigilancia y control en el sector TIC, así como facilitar el desarrollo de políticas y programas orientados a mejorar el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones en el país.
El decreto también contempla la depuración del registro, identificando proveedores que, tras un año...
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