La Corte Constitucional dirime conflicto de jurisdicción en acción de nulidad y restablecimiento del derecho
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 15:50:31
Antecedentes del caso
La administradora colombiana de pensiones instauró un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra una resolución mediante la cual se reconoció un porcentaje de pensión de sobrevivientes a favor de una beneficiaria. La demanda busca anular parcialmente dicha resolución y ordenar la restitución de sumas pagadas por mesadas pensionales y aportes en salud. Inicialmente, el conocimiento de la demanda correspondió a un juzgado administrativo del circuito de Buga, que remitió el asunto a otro juzgado administrativo de la misma ciudad. Posteriormente, ese juzgado administrativo declaró su falta de competencia para conocer el caso y remitió las diligencias a la jurisdicción ordinaria laboral, argumentando que el demandado no tenía calidad de empleado público. La jurisdicción laboral rechazó la demanda por razón de cuantía y remitió el proceso a los juzgados municipales de pequeñas causas laborales. Sin embargo, el juzgado municipal de pequeñas causas laborales declaró su falta de competencia y planteó el conflicto negativo de jurisdicción ante la Corte Constitucional.Consideraciones de la Corte Constitucional
La Corte Constitucional es competente para resolver conflictos entre jurisdicciones según el artículo 241 de la Constitución Política. Para que exista un conflicto entre jurisdicciones se deben cumplir tres presupuestos: subjetivo (autoridades en conflicto pertenecen a distintas jurisdicciones), objetivo (una causa judicial en disputa) y normativo (fundamento legal para la negativa de competencia). En este caso, se cumplió cada presupuesto, pues el conflicto se dio entre un juzgado administrativo y un juzgado municipal de pequeñas causas laborales, en relación con una acción de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por la administradora colombiana de pensiones. La...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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