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La Corte Constitucional resuelve conflicto de competencia entre juzgados de Cali y Bucaramanga en tutela

Proviene de: Sentencias

11 de julio de 2025 15:52:3

Antecedentes del conflicto

Una persona interpuso una acción de tutela contra una empresa, alegando la vulneración del derecho fundamental de petición debido a una respuesta incompleta a una solicitud de documentos laborales. El Juzgado Laboral de Pequeñas Causas de Bucaramanga rechazó la tutela por falta de competencia territorial, argumentando que la empresa tiene domicilio en Cali, donde se producen los efectos de la presunta vulneración. Por su parte, el Juzgado Penal Municipal con función de control de garantías de Cali devolvió la tutela a Bucaramanga, señalando que el domicilio de la accionante y su apoderado está en el área metropolitana de Bucaramanga, y por tanto allí se producen los efectos. Al no llegar a un acuerdo, el Juzgado Penal Municipal de Cali remitió el caso a la Corte Constitucional para que dirimiera el conflicto.

Consideraciones de la Corte Constitucional

La Corte recordó que la competencia para resolver conflictos en acciones de tutela corresponde en primera instancia a las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996. En este caso, aunque normalmente la Corte Suprema de Justicia debería resolver el conflicto, la Corte Constitucional asumió la competencia para evitar dilaciones, atendiendo los principios de celeridad y sumariedad propios de la acción de tutela. La Corte explicó que la competencia en materia de tutela se define según tres factores: territorial, subjetivo y funcional. El factor territorial determina que son competentes los jueces del lugar donde ocurre la vulneración o donde se producen sus efectos. Además, se debe respetar la elección del accionante respecto al juez competente para su tutela. En el caso concreto, la Corte determinó que...

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