La Corte Constitucional define competencia en conflicto entre jurisdicción laboral y administrativa por relación laboral con el Banco de la República
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 15:53:50
Antecedentes del caso
El conflicto surgió a partir de una demanda ordinaria laboral presentada contra el Banco de la República, en la que se solicitaba declarar la existencia de una relación laboral desde 2013 hasta 2018 mediante un contrato a término indefinido, basado en el principio de primacía de la realidad sobre las formas. Además, se pidió condenar al pago de diferencias salariales, prestaciones sociales y el reintegro al cargo, argumentando la aplicación de un fuero circunstancial derivado de un conflicto colectivo vigente al momento de la terminación de la relación laboral. La demanda se fundamentó en la suscripción sucesiva de contratos por obra o labor con empresas intermediarias que prestaban servicios al Banco. La parte demandante alegó que, aunque la relación laboral fue formalizada a través de esas empresas, en la práctica existió una relación directa con el Banco de la República. También se destacó que el reintegro era procedente debido al fuero circunstancial. El Juzgado Laboral declaró falta de jurisdicción y remitió el expediente a la jurisdicción administrativa, que a su vez rechazó la competencia y planteó conflicto negativo de competencia ante la Corte Constitucional.Consideraciones de la Corte Constitucional
La Corte Constitucional confirmó que el caso cumple con los requisitos para dirimir un conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, dada la controversia entre el Juzgado Laboral y el Juzgado Administrativo sobre quién debe conocer el proceso. Se reiteraron las reglas fijadas en precedentes judiciales recientes, señalando que aunque el Banco de la República es una entidad pública con autonomía administrativa y sometida a un régimen especial, la relación laboral con sus trabajadores oficiales...Más noticias sobre Derecho Laboral
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