La Corte Constitucional tutela derechos de líder social tras reducción injustificada de medidas de protección
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 15:58:9
La Corte Constitucional examinó una acción de tutela interpuesta por un líder social y representante de organizaciones de víctimas, en la que se alegó la vulneración de sus derechos fundamentales debido a la reducción injustificada de su esquema de protección por parte de la Unidad Nacional de Protección (UNP). La entidad había modificado el esquema de protección asignado, reduciendo el número de escoltas y retirando un vehículo convencional, basándose en un estudio que no motivó adecuadamente la decisión y otorgó un indebido peso a la falta de avances en investigaciones penales relacionadas con amenazas denunciadas.
Contexto y procedimiento
Originalmente, el líder social contaba con un esquema de protección tipo 1, incluyendo un vehículo convencional, dos escoltas, un medio de comunicación y un chaleco blindado. En diciembre de 2023, la UNP redujo dicho esquema a uno tipo ligero, con una persona de protección y apoyo de transporte, decisión ratificada en diciembre de 2024. El accionante presentó tutela solicitando el restablecimiento del esquema original y una nueva evaluación del riesgo. La autoridad judicial de primera instancia amparó los derechos del líder social, ordenando la revaluación y la suspensión de modificaciones mientras se realizaba el estudio. Sin embargo, la segunda instancia revocó esa decisión, negando la protección argumentando que el accionante ya no ejercía ciertos cargos y que el análisis de riesgo era adecuado.Decisión y fundamentos de la Corte
La Corte revocó la segunda instancia y confirmó parcialmente la primera, concluyendo que la UNP vulneró los derechos fundamentales del líder social por deficiencias en la motivación de las resoluciones que modificaron su esquema de protección. Entre las...Más noticias sobre Derechos Humanos
No se encontraron sugerencias