La Corte Suprema declara inadmisibles demandas de casación sobre declaración de unión marital de hecho
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 15:59:54
Antecedentes del caso
El proceso comenzó con una solicitud para declarar la unión marital de hecho y la consecuente sociedad patrimonial entre una demandante y un fallecido, así como su disolución y liquidación. La demandante alegó que existió una relación estable, permanente y singular con mutua ayuda económica y espiritual, y que no se celebraron capitulaciones o pactos excluyentes de bienes. Tras el fallecimiento, se tramitó la sucesión y se reclamó la pensión de sobrevivientes. Los herederos y otra persona que se presentó como compañera permanente del fallecido formularon varias excepciones, entre ellas la inexistencia de la unión marital de hecho y la sociedad patrimonial, además de alegar mala fe y fraude al sistema pensional. El Juzgado de Familia declaró la unión marital de hecho y la sociedad patrimonial desde fechas específicas, decisión que fue apelada.Sentencia del Tribunal Superior
La Sala Civil Familia del Tribunal Superior confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando la fecha de inicio de la unión marital de hecho. Se basó en la Ley 54 de 1990, que define estos vínculos como comunidades de vida permanentes y singulares entre dos personas no casadas. El tribunal valoró diversas pruebas, incluyendo registros fotográficos, mensajes electrónicos, testimonios y documentos notariales, concluyendo que existió una relación formal y pública entre las partes desde la fecha señalada. Se resaltó que la demandante y el fallecido se comportaban como marido y mujer, y que la relación fue singular, permanente y estable, formando un hogar natural.Fundamentos y cargos de casación
Se presentaron demandas de casación por parte de los herederos y la persona que alegó ser compañera permanente,...Más noticias sobre Derecho Civil
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