La corte confirma medidas cautelares sobre bienes vinculados a proceso de justicia y paz
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 16:3:5
Contexto y antecedentes del caso
En un proceso relacionado con la justicia y paz, un magistrado de control de garantías ordenó en 2014 medidas cautelares sobre varios bienes inmuebles identificados con matrículas inmobiliarias del municipio de Jericó, Antioquia. Posteriormente, un tercero presentó un incidente de oposición a estas medidas, alegando ser propietario legítimo de dichos predios y solicitando el levantamiento de las medidas cautelares. Argumentó que los bienes fueron entregados en 2012 mediante diligencia a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, y que no existía investigación en su contra ni vínculo con el postulado del proceso de justicia y paz.
El magistrado de control de garantías negó la solicitud de levantamiento en primera instancia, decisión que fue apelada por la parte interesada.
Fundamentos de la decisión judicial
El tribunal de segunda instancia confirmó la negativa a levantar las medidas cautelares. En su análisis, destacó que la acción de extinción de dominio es imprescriptible conforme al artículo 21 de la Ley 1708 de 2014, lo que permite que el Estado reclame bienes ilícitos en cualquier momento.
Se verificó la cadena de tradición de los inmuebles, identificando la participación de terceros que actuaron como testaferros del postulado del proceso. Se constató que la titular de los bienes no pudo demostrar que actuó con la diligencia requerida para ser considerada tercero de buena fe exenta de culpa. Su adquisición se basó únicamente en la revisión de certificados de tradición y libertad, sin realizar investigaciones adicionales sobre el origen de los bienes ni sobre los anteriores propietarios.
Además, se encontraron inconsistencias en las...
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