La Corte Suprema declara infundado el impedimento de magistrada en proceso penal militar
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 16:6:29
Contexto y antecedentes del caso
El caso se relaciona con un proceso penal militar en el que un patrullero fue declarado responsable por el delito de lesiones personales tras un incidente ocurrido en 2015. La investigación y el proceso judicial incluyeron varias etapas, entre ellas la apertura formal de investigación, la cesación de procedimiento y una posterior nulidad parcial decretada por la Fiscalía Penal Militar de Segunda Instancia. Tras la nulidad, se dictó resolución de acusación y finalmente una sentencia condenatoria emitida por el juzgado de primera instancia.Impedimento manifestado por la magistrada
La magistrada del Tribunal Superior Militar y Policial, encargada de conocer el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria, manifestó impedimento fundamentado en las causales del artículo 231 de la Ley 1407 de 2010 (Código Penal Militar) que indican que un funcionario judicial no debe conocer un proceso cuando haya participado en él en calidad de fiscal. En este caso, la magistrada había actuado como fiscal de segunda instancia y había decretado la nulidad parcial de la actuación en el proceso.Análisis y decisión de la Sala de Casación Penal
La sala revisó el expediente y concluyó que, aunque la magistrada intervino como fiscal en el proceso, no emitió pronunciamientos sustanciales que comprometieran su imparcialidad. Su actuación se limitó a señalar deficiencias formales y de motivación en la decisión de primera instancia, sin valorar probatoriamente el fondo del asunto. Además, la magistrada aclaró que su decisión buscaba garantizar el debido proceso y no prejuzgaba el fondo del recurso. Por lo anterior, la Corte determinó que no se configuraban las causales legales para declarar...Más noticias sobre Derecho Penal
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