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La sala de casación protege la privacidad de datos sensibles en procesos judiciales

Proviene de: Sentencias

11 de julio de 2025 16:11:34

En una decisión adoptada el 29 de enero de 2025, la sala de casación del tribunal administrativo revisó un caso en el que se solicitó la protección de datos personales sensibles relacionados con la intimidad y estado de salud del accionante. El tribunal fundamentó su decisión en el artículo 24 de la Ley 1437 de 2011, que establece el carácter reservado de la información que afecta la privacidad e intimidad de las personas. Además, se tuvo en cuenta la Ley 1581 de 2012, que regula la protección de datos personales y define como sensibles aquellos datos que puedan generar discriminación, tales como los relativos a la salud o vida sexual. La ley prohíbe el tratamiento de estos datos sin autorización explícita del titular.

Protección de derechos fundamentales y enfoque de género

En este caso, el accionante alegó vulneración de derechos fundamentales, incluyendo la ausencia de enfoque de género en la valoración de su situación y la negativa a admitir su caso para casación oficiosa, dada su condición de vulnerabilidad por razones de salud y orientación sexual. La sala concluyó que, para proteger los derechos a la intimidad y evitar discriminación, era necesario suprimir la denominación de la patología alegada y el nombre del accionante en las actuaciones públicas. En su lugar, se utilizarán siglas habituales para preservar la confidencialidad.

Compromiso del sistema judicial con la protección de datos

Esta resolución refuerza el compromiso del sistema judicial con la protección de datos sensibles, garantizando que la información que pueda afectar la dignidad y derechos de las personas sea manejada con reserva y respeto. Notifíquese, publíquese y cúmplase....

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