La Corte Suprema declara nulidad y ordena remitir proceso por falta de vinculación de terceros
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 16:11:56
La acción de tutela se promovió con el fin de proteger derechos fundamentales como el debido proceso, acceso a la administración de justicia, igualdad y dignidad, ante la presunta vulneración por no haber vinculado a terceros poseedores en un proceso de prescripción adquisitiva de dominio y reivindicación de varios inmuebles. Los accionantes alegaron que esta omisión les impidió ejercer el derecho de defensa y contradicción.
El juzgado de primera instancia declaró a la sociedad demandada como dueña absoluta de los inmuebles y ordenó la restitución a su favor. Sin embargo, los accionantes no fueron formalmente vinculados al proceso, pues se les consideró arrendatarios y no poseedores. La Sala Civil Familia Laboral del tribunal superior declaró desierto el recurso de apelación presentado por el demandante, lo que dejó sin pronunciamiento de fondo la segunda instancia.
Garantías constitucionales y competencia judicial
Al analizar el caso, la Corte Suprema destacó que el desarrollo del trámite judicial no puede obviar las garantías constitucionales del debido proceso, incluyendo el derecho a ser oído. Además, se evidenció que la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural no era la autoridad competente para conocer la tutela en primera instancia, conforme al decreto de reparto vigente. Por lo anterior, la Corte Suprema declaró la nulidad de lo actuado desde el auto que admitió la tutela y ordenó remitir el expediente a la Sala Civil Familia Laboral del tribunal superior para que se surta el trámite correspondiente, garantizando así la vinculación de los terceros interesados y el respeto al derecho de defensa.Importancia de respetar las formalidades procesales
Con esta decisión, se reafirma la importancia...Más noticias sobre Derecho Civil
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