La Corte Suprema admite desistimiento en acción de tutela contra juzgado laboral
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 16:13:3
La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, resolvió admitir el desistimiento de una acción de tutela interpuesta contra el Juzgado Trece Laboral del Circuito de Barranquilla. La acción buscaba la protección de derechos fundamentales relacionados con el debido proceso y el acceso a la administración de justicia.
El Tribunal Superior de Barranquilla había concedido el amparo solicitado, ordenando al juzgado actuar en un término de 48 horas para tramitar las solicitudes presentadas por la parte actora. Sin embargo, el titular del juzgado impugnó esta decisión, y el caso fue remitido a la Corte Suprema para segunda instancia.
Antes de que se profiriera sentencia definitiva, el accionante presentó un memorial solicitando el desistimiento de la acción de tutela, argumentando que el despacho ya había emitido un pronunciamiento. La Sala analizó esta solicitud con base en el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991, que establece que se puede desistir de la acción de tutela mientras esta esté en curso, es decir, antes de proferirse sentencia.
La Corte recordó que la posibilidad de desistimiento es viable en cualquiera de las dos instancias procesales, siempre que no exista una sentencia definitiva que resuelva la controversia. En este caso, dado que no se había emitido sentencia, el desistimiento fue declarado procedente.
Como consecuencia, el expediente será enviado a la Corte Constitucional para la eventual revisión del fallo de primer grado. Además, no se emitirá pronunciamiento sobre la impugnación presentada por el juzgado, debido a la sustracción de la materia causada por el desistimiento.
Esta decisión reafirma el principio de que el desistimiento en acciones de tutela es...
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