La Corte Suprema niega tutela por falta de inmediatez en caso de desistimiento tácito
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 16:17:13
La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia resolvió una tutela interpuesta contra providencias emitidas por un juzgado civil y un tribunal superior de un distrito judicial. La acción buscaba dejar sin efectos las decisiones que dieron por terminado un proceso ejecutivo por desistimiento tácito y ordenaron el levantamiento de medidas cautelares.
El solicitante argumentó que el desistimiento tácito no podía aplicarse en este caso, debido a la existencia de un embargo en otro proceso relacionado, situación que, según él, debía haber sido valorada de oficio por las autoridades judiciales. Sin embargo, la Corte encontró que la acción de tutela fue presentada con un retraso superior a seis meses desde la fecha de la primera decisión impugnada, incumpliendo así el requisito de inmediatez exigido para esta vía constitucional.
La Sala recordó que la tutela es un mecanismo de protección inmediata de derechos fundamentales, y que la demora en su interposición puede interpretarse como ausencia de lesión o aceptación de la situación. Además, examinó el fondo de la solicitud y concluyó que la decisión de negar la nulidad del desistimiento tácito se basó en el ordenamiento jurídico vigente y en precedentes jurisprudenciales aplicables.
Se destacó que la nulidad procesal invocada solo procede cuando el proceso está suspendido o interrumpido, lo cual no ocurrió en este caso. Asimismo, se indicó que los hechos ocurridos en otros procesos no pueden afectar la validez del desistimiento en el proceso en cuestión.
Finalmente, la Corte indicó que el solicitante no utilizó los mecanismos ordinarios para controvertir las decisiones cuestionadas, lo que impidió revivir...
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