La Corte Suprema declara improcedente acción de tutela por falta de poder especial
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 16:20:35
Contexto y antecedentes del caso
La acción de tutela fue promovida contra la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en un proceso donde se discutía la oposición a una solicitud de insolvencia de persona natural no comerciante. En este procedimiento, la impugnación presentada por un abogado fue declarada inadmisible debido a que no se acreditó contar con poder especial para representar a la parte interesada. La parte accionante alegó que esta decisión vulneraba su derecho fundamental al debido proceso, especialmente el derecho de defensa y acceso a la administración de justicia.Fundamentos jurídicos y análisis
La Corte Suprema recordó que la acción de tutela no procede para controvertir decisiones adoptadas en procedimientos similares, pues el legislador estableció mecanismos específicos como la impugnación y la revisión ante la Corte Constitucional para estos casos. Solo en situaciones excepcionales, como la omisión flagrante del derecho al debido proceso —por ejemplo, falta de notificación o ausencia de contradicción— se admite la tutela. En este caso, la Corte concluyó que no se cumplían los requisitos para la procedencia excepcional, ya que la impugnación fue inadmitida por la falta de poder especial del abogado, y no se demostró fraude ni violación grave al derecho fundamental. Además, se recordó que existe la posibilidad de solicitar la revisión ante la Corte Constitucional para garantizar la protección de los derechos fundamentales.Decisión y consecuencias
Por todo lo anterior, la Corte Suprema declaró improcedente la acción de tutela presentada. Asimismo, ordenó comunicar la decisión a las partes y remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, en caso de...Más noticias sobre Derecho Constitucional
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