La Corte Suprema niega tutela por demora en información sobre proceso de justicia y paz
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 16:20:44
Antecedentes del caso
La acción de tutela fue promovida contra la Sala de Casación Penal y la Defensoría del Pueblo - Coordinación de Víctimas, vinculados al proceso de justicia y paz número 2008-83626. La tutela fue interpuesta por una persona que reclamaba la vulneración de su derecho fundamental de petición, debido a la falta de respuesta a una solicitud de información sobre el trámite y estado actual del proceso judicial.
Respuesta de las autoridades y análisis de la Corte
La Sala de Casación Penal informó que ya había emitido pronunciamiento mediante un auto fechado el 8 de abril de 2025, en respuesta a la petición formulada. Además, se compartió copia del expediente correspondiente.
La Corte recordó que la acción de tutela es un mecanismo excepcional para proteger derechos fundamentales cuando no existen otras vías de defensa. En este caso, el derecho de petición no es viable dentro de actuaciones judiciales; por ello, el análisis debe centrarse en el derecho al debido proceso, especialmente ante posibles demoras judiciales.
Para que la tutela proceda por mora judicial, deben cumplirse tres condiciones: incumplimiento de los términos legales, desatención injustificada de los plazos y que la demora afecte gravemente las garantías del interesado. La Corte indicó que la tutela protege solo ante demoras injustificadas y no cuando existen causas objetivas que expliquen la demora.
Decisión y conclusión
Se concluyó que no hubo vulneración al derecho fundamental al debido proceso, dado que la Sala de Casación Penal se pronunció oportunamente antes de la presentación de la tutela y notificó a la solicitante. La causa judicial sigue su curso normal, y aunque la...
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