La Corte Suprema niega tutela sobre valoración de confesión ficta en proceso ejecutivo
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 16:21:51
Antecedentes del caso
Una compañía energética promovió acción de tutela contra decisiones del tribunal superior y del juzgado civil, alegando vulneración de sus derechos al debido proceso, acceso a la justicia y principio de primacía del derecho sustancial. La controversia surgió tras la negativa de librar un mandamiento de pago en un proceso ejecutivo contra una empresa prestadora de servicios públicos, debido a la ausencia de calificación de una confesión ficta derivada de un interrogatorio extraprocesal.
Valoración judicial y criterios aplicados
El tribunal superior, en apelación, confirmó la decisión de primera instancia al considerar que no se cumplían los requisitos legales para configurar la confesión ficta prevista en el artículo 203 del Código General del Proceso, en particular la falta de amonestación formal al interrogado sobre las consecuencias de respuestas evasivas o renuentes.
Se explicó que la confesión ficta es una presunción legal que se aplica cuando la parte interrogada no responde o lo hace evasivamente, y que para ello el juez debe advertir explícitamente al interrogado sobre las consecuencias de su conducta. En este caso, aunque se hizo una llamada de atención, no se emitió la prevención requerida por la ley.
Criterios constitucionales sobre la acción de tutela
La Corte Suprema recordó que las providencias judiciales son, por regla general, ajenas a la acción de tutela, salvo en casos de vía de hecho o arbitrariedad manifiesta. En este caso, se determinó que no existió vulneración de derechos ni arbitrariedad en la valoración probatoria ni en la decisión judicial impugnada.
Se destacó que la acción de tutela no puede convertirse en un mecanismo para cuestionar diferencias de...
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