Tribunal Administrativo del Putumayo confirma pago de sanción moratoria por retraso en cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
11 de julio de 2025 16:22:58
Contexto del caso y decisión judicial
El caso analizado corresponde a un recurso de apelación interpuesto contra la negativa del departamento del Putumayo al reconocimiento y pago de la sanción moratoria por demora en el pago de cesantías parciales a un docente oficial. La solicitud inicial se presentó en junio de 2020 y la resolución que reconoció la prestación fue emitida en julio de ese año, pero el pago se efectuó con un retraso de 28 días. La entidad territorial negó el pago de la sanción moratoria, mientras que la fiduciaria a cargo guardó silencio. El juzgado de primera instancia declaró ilegal un decreto relacionado y reconoció la mora, ordenando el pago de un día de salario por cada día de retraso, basándose en la asignación básica de 2020. La entidad apeló argumentando que, conforme a la Ley 2294 de 2023, las sanciones moratorias generadas antes de diciembre de 2022 deben ser asumidas por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y no por el ente territorial.Fundamentos legales y análisis del tribunal
El tribunal recordó que la sentencia de unificación del Consejo de Estado establece el derecho de los docentes oficiales a la sanción moratoria por pago tardío de cesantías, aplicando las leyes 244 de 1995 y 1071 de 2006. Además, explicó que antes de la Ley 1955 de 2019, la responsabilidad recaía en el Fondo Nacional, pero con esta ley también se asignó responsabilidad a las entidades territoriales según la gestión administrativa. En cuanto a la aplicación de la ley, el tribunal sostuvo que la Ley 2294 de 2023 no es aplicable...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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