Prórroga de movilidad en la Jurisdicción Especial para la Paz: Acuerdo AOG 020 de 2025
Proviene de: Acuerdos
14 de julio de 2025 20:10:45
Contexto y naturaleza del acuerdo
El Acuerdo AOG 020 de 2025, expedido por el Órgano de Gobierno de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) el 9 de julio de 2025 y publicado en el Diario Oficial No. 53.177 el 10 de julio de 2025, constituye un acto administrativo de carácter interadministrativo dentro de la misma entidad. Este acuerdo prorroga la movilidad de una magistrada y su despacho desde una sección especializada hacia otra sala dentro de la JEP, en atención a las necesidades específicas del proceso judicial en curso. La JEP, creada por el Acto Legislativo número 01 de 2017, es una jurisdicción con autonomía administrativa, presupuestal y técnica, encargada de administrar justicia transicional en Colombia. Su régimen jurídico propio y autónomo le permite adoptar reglamentos internos y medidas que faciliten la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus funciones.Objeto y finalidad del acuerdo
El acuerdo tiene por objeto aprobar la prórroga de la movilidad de la magistrada y su equipo desde la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad hacia la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR). Esta medida se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 y busca garantizar la continuidad en el desarrollo de las labores relacionadas con el Caso 08, que aborda crímenes cometidos por la Fuerza Pública, otros agentes del Estado, en asociación con grupos paramilitares o terceros civiles. Los objetivos clave de esta prórroga incluyen concluir las versiones voluntarias programadas, finalizar el proceso de contrastación de información y versiones, proyectar el Auto de...Más noticias sobre Derecho Constitucional
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