Adopción de la Política de Prevención de Consumo de Alcohol, Tabaco y Sustancias Psicoactivas en la Jurisdicción Especial para la Paz
Proviene de: Acuerdos
14 de julio de 2025 19:54:58
El Acuerdo y su Contexto Normativo
El Acuerdo AOG 022 de 2025, expedido el 9 de julio y publicado en el Diario Oficial No. 53.177 el 10 de julio de 2025, es un instrumento de naturaleza municipal/distrital suscrito por el Órgano de Gobierno de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Este acuerdo actualiza y reemplaza la política previa adoptada en 2019, fortaleciendo las estrategias institucionales para la prevención del consumo de sustancias psicoactivas y alineándose con recientes disposiciones legales, como la Resolución 1843 de 2025, del Ministerio del Trabajo, que regula las evaluaciones médicas ocupacionales y las pruebas de detección de sustancias. El fundamento legal del acuerdo se encuentra en la Constitución Política de Colombia, la Ley 1957 de 2019 que regula la JEP, la Ley 1566 de 2012 sobre la atención integral a personas con consumo problemático de sustancias, y la normativa sobre salud ocupacional y seguridad industrial, entre otras. Así mismo, se apoya en la necesidad de garantizar los derechos a la salud y a ambientes de trabajo seguros, estableciendo un marco de acción claro para la prevención y control del consumo de alcohol, tabaco y otras sustancias psicoactivas dentro de la institución.Objeto y Finalidad del Acuerdo
El principal objeto del Acuerdo AOG 022 de 2025 es adoptar la Política de Prevención de Consumo de Alcohol, Tabaco y Otras Sustancias Psicoactivas en la JEP. Esta política tiene como finalidad proteger la salud de todas las personas que intervienen en la jurisdicción —servidores públicos, contratistas, pasantes, judicantes y visitantes— y generar ambientes de trabajo saludables y seguros. Busca fomentar una cultura...Más noticias sobre Salud
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