Ministerios de Hacienda y de Minas y Energía fijan ingreso al productor para alcohol carburante y biocombustibles a partir de julio de 2025
Proviene de: Resoluciones
14 de julio de 2025 20:8:21
Contexto y emisión de la Resolución
La Resolución 40310 de 2025 fue expedida conjuntamente por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, el 7 de julio de 2025, y publicada en el Diario Oficial No. 53.178 el 11 de julio de 2025. Esta regulación se enmarca en las facultades conferidas a estas entidades por el artículo 35 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 244 de la Ley 2294 de 2023, que les asigna la responsabilidad de establecer la metodología para calcular el ingreso al productor de combustibles líquidos y biocombustibles, así como las tarifas y márgenes para la cadena logística y comercial.Objeto y destinatarios de la regulación
El principal objetivo de esta resolución es fijar el ingreso al productor para dos tipos de combustibles: el alcohol carburante y el biocombustible destinado a motores diésel. Este ingreso representa la remuneración que reciben los productores por estos combustibles, elemento clave para asegurar la viabilidad económica del sector y el suministro adecuado al mercado regulado. La resolución está dirigida principalmente a los productores de alcohol carburante y biocombustibles en Colombia, así como a los actores involucrados en la cadena de transporte, distribución y comercialización de estos combustibles. Este grupo es relevante porque su actividad impacta directamente la disponibilidad, calidad y precios de combustibles que son fundamentales para el sector transporte y la economía en general.Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece dos valores específicos para el ingreso al productor: - Para el alcohol carburante, se fija un ingreso de $15.497,19 por galón, moneda corriente. Se aclara que las modificaciones...Más noticias sobre Energía
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