Ministerio de Minas y Energía amplía plazos para implementación del RETILAP en Colombia
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14 de julio de 2025 20:8:25
Contexto y emisión de la resolución
El Ministerio de Minas y Energía, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expidió la Resolución 40318 de 2025 el 9 de julio de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.177 el 10 de julio del mismo año. Esta resolución modifica las disposiciones transitorias establecidas en el artículo 3° de la Resolución 40150 de 2024, la cual había actualizado el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (RETILAP).
El RETILAP es un marco regulatorio esencial para garantizar la seguridad, calidad y eficiencia en los sistemas de iluminación y alumbrado público en Colombia. La primera modificación de este reglamento, mediante la Resolución 40150, estableció plazos para la adaptación gradual de productos, instalaciones y certificación de inspectores, con el fin de permitir una transición ordenada hacia los nuevos estándares técnicos.
Alcance y destinatarios de la resolución
La resolución está dirigida a fabricantes, importadores, comercializadores, instaladores, organismos evaluadores de la conformidad y profesionales dedicados a la inspección de sistemas de iluminación y alumbrado público. Estos actores son clave para la correcta implementación del reglamento, dado que su cumplimiento asegura la seguridad de las instalaciones y la eficiencia energética, protegiendo a los usuarios y al medio ambiente.
Objetivo de la resolución
El principal objetivo de la Resolución 40318 de 2025 es ampliar los plazos transitorios previstos en la Resolución 40150 de 2024 para la aplicación integral del RETILAP, con el propósito de permitir un proceso de adaptación más realista y técnico frente a las dificultades detectadas durante su implementación. En particular, se busca facilitar la acreditación y actualización de los Organismos Evaluadores de la Conformidad (OEC) y la certificación de competencias para inspectores, garantizando que los requisitos técnicos sean viables y que la seguridad y calidad no se vean comprometidas.
Decisiones y modificaciones principales
La resolución modifica el artículo 3° de la Resolución 40150 de 2024, estableciendo nuevas disposiciones transitorias en tres aspectos clave:
1. Para productos: Se permite la emisión y renovación de certificados de conformidad bajo la Resolución 180540 de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2025. Después de esta fecha, solo serán válidos los certificados que cumplan con los requisitos del RETILAP modificado. Además, se admite la Declaración de Conformidad del Proveedor para ciertos productos hasta esa misma fecha.
2. Para instalaciones: Los dictámenes de inspección bajo la Resolución 180540 de 2010 podrán seguir emitidos para obras iniciadas antes del 31 de diciembre de 2025, siempre que se presenten los documentos que acrediten la fecha de inicio de obra. Posteriormente, las instalaciones deberán cumplir con las disposiciones actualizadas del RETILAP y ser evaluadas conforme a los nuevos requisitos técnicos. Este ajuste responde a la acreditación reciente del segundo organismo de inspección, lo que marca el fin del período transitorio para instalaciones el 11 de diciembre de 2025.
3. Para personas (inspectores): Se posterga la exigencia de certificación de competencias laborales hasta que exista un referente normativo sectorial definido y al menos dos organismos de certificación acreditados. Además, se extiende el plazo para que los inspectores completen requisitos académicos específicos, especialmente en especializaciones, hasta el 3 de mayo de 2027.
Estos ajustes incluyen parágrafos que regulan la obligación de los Organismos Evaluadores de la Conformidad de actualizar sus acreditaciones para continuar operando, así como la invalidez definitiva de certificados y dictámenes emitidos bajo normas anteriores una vez concluidos los plazos transitorios.
Fundamento legal y procedimientos
La resolución se fundamenta en diversas disposiciones legales y reglamentarias, entre ellas el artículo 2.2.3.6.4.4 del Decreto 1073 de 2015, los decretos 381 de 2012, 1468 de 2020, y la Ley 143 de 1994, que establecen las competencias del Ministerio de Minas y Energía para regular los servicios eléctricos y promover el uso eficiente de la energía.
El proceso de modificación contó con mesas de análisis técnico, participación de actores del sector y la evaluación de un Análisis de Impacto Normativo Simple, que concluyó que las modificaciones no generan cargas adicionales para los regulados, sino que alivian la situación actual. Asimismo, la Comisión Asesora de Reglamentos Técnicos aprobó la medida de manera unánime.
Impacto y relevancia para el sector
La ampliación de los plazos transitorios permitirá una implementación más ordenada y técnica del RETILAP, atendiendo las limitaciones actuales del sector como la insuficiencia de organismos acreditados y la necesidad de un proceso riguroso para la certificación de inspectores. Esto contribuirá a evitar interrupciones en la certificación de productos e instalaciones, garantizando la seguridad y calidad de los sistemas de iluminación y alumbrado público en Colombia.
Además, la medida fomenta la coordinación entre entidades regulatorias y promueve la participación ciudadana y la transparencia en la elaboración de normas técnicas, en línea con los principios de mejora regulatoria establecidos en la legislación colombiana.
Conclusión
La Resolución 40318 de 2025 representa un paso fundamental para la consolidación del RETILAP en Colombia, al adaptar los plazos y condiciones de su aplicación a la realidad técnica y operativa del sector. La extensión de los plazos transitorios busca asegurar que los regulados puedan cumplir con las nuevas obligaciones sin comprometer la calidad, seguridad y eficiencia de los sistemas de iluminación, promoviendo un desarrollo sostenible y ordenado del servicio eléctrico en el país.
Para consultar el texto completo de la resolución, puede accederse al sitio web oficial del Ministerio de Minas y Energía en la sección de normatividad y reglamentos técnicos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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