Consejo de Estado confirma legalidad de contribución de valorización en Rionegro
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2025 20:10:13
El Consejo de Estado, en decisión de segunda instancia fechada el 26 de junio de 2025, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia que negó las pretensiones de nulidad contra la Resolución 939 de 2018 y los actos administrativos posteriores relacionados con la contribución de valorización para el proyecto “Rionegro se valoriza”.
Contexto y antecedentes del caso
La controversia se originó tras la expedición de la Resolución 939 por parte del alcalde de Rionegro, mediante la cual se distribuyó la contribución de valorización para financiar obras contempladas en el Plan de Desarrollo Municipal 2016-2019. La entidad demandante, administradora de un patrimonio autónomo, cuestionó la legalidad de dicho acto aduciendo que no existía un acuerdo del concejo que autorizara el cobro ni que se hubieran establecido los sistemas y métodos para definir los costos y beneficios, vulnerándose así el principio de legalidad tributaria y el debido proceso.
El municipio contestó la demanda señalando que el Acuerdo 045 de 2013 establece dos modalidades para ordenar la contribución de valorización: una que requiere un acuerdo específico del concejo cuando las obras no están en el POT o plan integral de desarrollo, y otra que permite al alcalde expedir los actos de distribución si las obras están incluidas en dichos planes. En este caso, las obras estaban en el plan de desarrollo aprobado por el concejo, habilitando al alcalde para emitir la resolución distribuidora.
Competencia para expedir actos de valorización
El Consejo de Estado reafirmó que la contribución de valorización es un tributo destinado a financiar obras públicas que benefician directamente a...
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