Consejo de Estado decide sobre decreto de pruebas en recurso extraordinario de revisión
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2025 14:2:15
Antecedentes del caso
El recurso extraordinario de revisión fue presentado contra una sentencia emitida por el Tribunal Administrativo del Cesar en un proceso de reparación directa, en el que se solicitaba reparación por la privación de la libertad sufrida por uno de los recurrentes. Las causales invocadas se basaron en la aparición posterior de documentos decisivos que no pudieron ser aportados en la etapa anterior por razones atribuibles a la Rama Judicial. En concreto, se señaló la falta de entrega de registros audiovisuales de una audiencia de imposición de medida de aseguramiento. Inicialmente, el recurso fue inadmitido, pero tras subsanar errores formales fue admitido y notificado a las entidades involucradas: la Nación – Rama Judicial, la Fiscalía General de la Nación y el Ministerio Público. Estas entidades presentaron sus conceptos y manifestaciones respecto a la solicitud probatoria.Criterios sobre el decreto de pruebas
El Consejo de Estado recordó que, conforme al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), el recurso extraordinario de revisión debe ir acompañado de las pruebas documentales en poder del recurrente y de la solicitud de aquellas que se pretendan hacer valer. A su vez, la contraparte y el Ministerio Público pueden solicitar pruebas una vez admitido el recurso. Se enfatizó que la oportunidad probatoria no busca corregir o reforzar la carga probatoria del proceso original, sino únicamente acreditar la causal invocada para la revisión. Por ello, las pruebas deben ser conducentes, pertinentes y útiles según los parámetros del Código General del Proceso.Decisiones adoptadas
El Consejo de Estado dispuso tener como prueba los documentos aportados por los recurrentes junto con...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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