Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2025 14:2:28
El pasado 2 de octubre de 2024, un grupo de demandantes presentó un recurso extraordinario de revisión contra la sentencia dictada el 28 de septiembre de 2023 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que negó las pretensiones en un proceso de reparación directa. La revisión se fundamenta en la causal prevista en el numeral 5° del artículo 250 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que refiere a la existencia de nulidad originada en la sentencia.
Tras la inadmisión inicial de la demanda para precisar la causal invocada, la parte actora subsanó el escrito, aclarando que no se pretende reabrir el debate sobre la interpretación judicial previa, sino revisar la falta de motivación específica sobre los requisitos para la imposición de medidas de aseguramiento, establecidos en los artículos 307, parágrafo 2°, y 308 de la Ley 906 de 2004. Se señaló que estos aspectos no fueron valorados en la sentencia impugnada, lo que podría constituir una afectación al debido proceso.
El Consejo de Estado verificó que se cumplen los requisitos legales de admisibilidad y oportuno ejercicio del recurso, dado que la sentencia fue notificada electrónicamente el 5 de octubre de 2023 y ejecutoriada el 10 de octubre del mismo año. El término para presentar el recurso vencía el 11 de octubre de 2024, y la demanda fue radicada oportunamente el 2 de octubre de 2024.
En consecuencia, se resolvió admitir el recurso extraordinario de revisión y notificar a las entidades correspondientes, incluyendo la Nación - Rama Judicial, la Fiscalía General de la Nación y el Ministerio Público, para que...
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