Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión presentado por la Agencia Nacional de Infraestructura
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2025 14:3:22
El pasado ocho de julio de 2025, la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió admitir el recurso extraordinario de revisión presentado por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Nariño el seis de septiembre de 2024. Este proceso se originó en una demanda de reparación directa por lesiones sufridas por un trabajador en labores de manipulación de explosivos durante la construcción de una vía.
Contexto y competencia
El recurso fue interpuesto dentro del término legal y cumple con los requisitos formales exigidos por la ley, incluyendo la ejecutoria de la sentencia objeto de revisión y la incorporación de los documentos exigidos. La competencia para decidir sobre este recurso corresponde a la Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y el reglamento interno del Consejo.
Notificación a las partes involucradas
El Consejo de Estado identificó que no se cuenta con la información necesaria para efectuar notificaciones personales a varias personas que fueron demandantes en el proceso original. En consecuencia, ordenó a la Secretaría de la Sección Tercera realizar gestiones para localizar datos de contacto a través de fuentes públicas, páginas web y redes sociales, con el fin de garantizar su derecho a la defensa. Este trámite deberá cumplirse en un plazo máximo de un mes.
Además, se requirió a la Agencia Nacional de Infraestructura y a las aseguradoras involucradas en el proceso que proporcionen cualquier información disponible sobre los canales de notificación de dichas personas. Una vez agotadas estas gestiones, se evaluará la necesidad de adoptar medidas alternativas de notificación conforme a la normativa vigente.
Implicaciones y próximos pasos
Con la admisión del recurso, se inicia el trámite correspondiente para su estudio y decisión de fondo. Las partes notificadas contarán con un plazo para presentar sus observaciones, conforme a lo previsto en el CPACA. Esta resolución refuerza la importancia de garantizar el derecho de defensa y el debido proceso en procedimientos judiciales complejos que involucran a múltiples actores.
Este caso pone de manifiesto la atención judicial a los mecanismos de notificación en situaciones donde las direcciones físicas o electrónicas no son conocidas, promoviendo el uso de fuentes digitales y oficiales para asegurar la comunicación efectiva y oportuna con los interesados.
En definitiva, la admisión del recurso extraordinario de revisión por parte del Consejo de Estado representa un paso crucial para la revisión exhaustiva del caso y la protección de los derechos de las partes involucradas, asegurando que los procesos judiciales se desarrollen con transparencia y respeto a las garantías procesales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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